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El proceso de marcado CE en la UE: de identificar la norma al expediente técnico

El marcado CE es una declaración, no un certificado que se compra. El proceso va del mapa legislativo al expediente técnico, y el orden de los pasos importa.

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Ilustración de la guía «El proceso de marcado CE en la UE: de identificar la norma al expediente técnico»

El marcado CE es una declaración, no una insignia

Las letras CE no las emite la Unión Europea. Las coloca el fabricante como declaración de que el producto cumple toda la normativa de armonización de la UE que le resulta aplicable. No existe una autoridad central que conceda el marcado CE, y cualquier servicio que ofrezca «conseguirle el certificado CE» a cambio de un precio le vende una evaluación por organismo notificado —a veces obligatoria— o nada en absoluto.

La obligación legal recae en el fabricante o, si este está fuera de la Unión, en el importador. Por eso el primer paso no es ensayar, sino investigar el derecho aplicable.

Paso 1: identificar la legislación aplicable

Un producto puede estar sujeto a varias directivas y reglamentos a la vez. Una máquina con módulo de radio y batería queda simultáneamente bajo el Reglamento de Máquinas, la Directiva de Equipos Radioeléctricos, la Directiva de Baja Tensión y el Reglamento de Baterías, y cada uno aporta sus requisitos esenciales y su vía de evaluación.

Construya un mapa legislativo antes de pisar un laboratorio. Enumere cada norma con su ámbito, sus requisitos esenciales, sus opciones de evaluación y si exige organismo notificado. Omitir una norma aplicable es el error más común y más caro del marcado CE.

Paso 2: clasificar el riesgo y elegir el módulo

Cada directiva ofrece uno o varios procedimientos de evaluación de la conformidad, descritos como módulos en la Decisión 768/2008/CE. La elección depende de la clase de riesgo. El control interno de la producción, módulo A, basta para productos de bajo riesgo y no requiere terceros. Las categorías de mayor riesgo —ciertas máquinas, productos sanitarios, equipos a presión— exigen un organismo notificado y un módulo como B más C, o H.

Confirme el alcance del organismo notificado en la base de datos NANDO antes de contratarlo. Un organismo fuera de su alcance designado emite un dictamen sin valor jurídico.

Paso 3: construir el expediente técnico

El expediente técnico es la sustancia de la declaración. Suele contener los planos de diseño, el análisis de riesgos, las normas armonizadas aplicadas, los informes de ensayo, las instrucciones e información de seguridad y la declaración UE de conformidad. Debe conservarse diez años después de la última unidad comercializada.

Estructúrelo frente a los requisitos esenciales de cada norma aplicable. Un evaluador lo lee buscando el vínculo entre requisito, evidencia y decisión adoptada. Un expediente que es una carpeta de informes sin ese hilo invita a preguntas.

Paso 4: la declaración y la marca

La declaración UE de conformidad es un documento jurídico. Identifica al fabricante, el producto, la legislación aplicada, las normas utilizadas, el organismo notificado cuando proceda y la persona autorizada para firmar. Redáctela en la lengua o lenguas que exijan los Estados miembros donde venda.

La marca en sí tiene requisitos geométricos. Las dos letras deben tener las proporciones definidas en el Reglamento (UE) 2019/1020 y, cuando la legislación aplicable lo exija, una altura mínima de 5 mm. Amplíela proporcionalmente; nunca la deforme. Colóquela de forma visible, legible e indeleble en el producto o su placa de características, y en el embalaje cuando el producto no pueda llevarla.

Dónde fallan realmente las empresas

Las autoridades de vigilancia del mercado informan una y otra vez de los mismos tres fallos: un expediente técnico que no puede presentarse cuando se solicita, una directiva aplicable que nunca se mapeó y una declaración que cita una edición de norma retirada. Ninguno es un defecto de fabricación. Los tres son fallos de proceso que una revisión disciplinada del expediente detectaría antes de una retención aduanera.

Datos clave

Afirmaciones legibles por máquina extraídas de las fuentes anteriores. Cada dato conserva el mismo identificador en las seis versiones de idioma.

  • Regulation (EU) 2019/1020

    Las reglas del marcado CE y las obligaciones de vigilancia del mercado se establecen en el Reglamento (UE) 2019/1020.

    ID del dato: ce-marking-regulation

  • 5 mm

    El marcado CE debe tener al menos 5 mm de altura cuando la legislación aplicable exige un marcado ampliado.

    ID del dato: ce-marking-minimum-height

  • 10 years

    El expediente técnico y la declaración UE de conformidad deben conservarse normalmente durante 10 años.

    ID del dato: ce-marking-doc-retention

Preguntas frecuentes

¿Necesito siempre un organismo notificado para el marcado CE?

No. En muchas categorías de producto basta el control interno de la producción del módulo A, sin terceros. Solo se exige organismo notificado cuando la directiva aplicable lo impone para su clase de riesgo.

¿Cuánto tiempo debe conservarse el expediente técnico CE?

Diez años después de comercializar la última unidad del modelo es el plazo estándar en la mayoría de la legislación de producto de la UE. Algunas directivas fijan otra referencia, así que revise cada norma aplicable.

¿Es lo mismo un certificado CE que la declaración UE de conformidad?

No. La declaración de conformidad es un documento jurídico que usted emite y es obligatoria. Un certificado es un documento que puede emitir un organismo notificado tras la evaluación, y solo se exige cuando la directiva impone la intervención de terceros.

Fuentes y licencias

Cada afirmación de este artículo remite a las fuentes indicadas abajo. Los enlaces abren directamente al editor.

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